Por Orden de 24 de Mayo de 2017 (BOJA núm. 102 de 31/05/2017) se han aprobado las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.

Requisitos que deben reunir las personas solicitantes para la obtención de la subvención.

            a)Ser titular de la Tarjeta Andalucía-Junta Sesentaycinco o tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, el 40 por ciento y movilidad reducida o tener reconocido un Grado de gran dependencia (Grado III).

            b) Que los ingresos de la unidad familiar de la persona solicitante no superen 2,50 veces el IPREM, determinados según lo establecido en la Disposición adicional tercera del Decreto 141/2016, de 2 de agosto (IPREM mensual 2017: 532,51  Euros)

            c) Residir de forma habitual y permanente en la vivienda objeto de la adecuación. 

            d) No haber obtenido otra ayuda para la adecuación funcional de la vivienda objeto de la actuación durante los tres años anteriores a la presentación de la solicitud.

            e) No haber iniciado las obras de adecuación funcional de la vivienda antes de la fecha de presentación de la solicitud.

 

            Las actuaciones a financiar serán las siguientes:

            a) Mejora de la seguridad y adecuación de la instalación de gas a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante, así como la dotación de elementos de fácil y segura manipulación.

            b) Instalación de alumbrado conmutado en el dormitorio u otro espacio de la vivienda que así lo requiera para la utilización por la persona solicitante.

            c) Mejora de la seguridad y adaptación de la instalación eléctrica a la normativa vigente y a las necesidades funcionales de la persona solicitante.

            d) Adecuación del ancho de puerta así como la eliminación de otras barreras arquitectónicas.

            e) En los cuartos de baño, instalación de suelo antideslizante, instalación de apoyos y asideros y adecuación de los sanitarios y griferías a las necesidades de la persona solicitante.

            f) Colocación de pasamanos en pasillos.

            g) Cualesquiera otras obras y elementos de similar naturaleza que contribuyan a la eficaz adecuación de la vivienda a las necesidades de la persona solicitante.

 

            Plazo de presentacion de Solicitudes: El que se establezca en la convocatoria provincial.

            Mas información: Servicios Sociales del Ayuntamiento, en el  teléfono de información de la Junta de Andalucía e 955 062 627, web de la Consejeria de  Fomento y Vivienda.

se adjunta el el BOJA con la publicación  de la bases