Que con motivo de la puesta en marcha, por parte de Cruz Roja Española, del PROGRAMA
EXTRAORDINARIO DE AYUDA EN MATERIA DE NECESIDADES BÁSICAS A LA POBLACIÓN EN
SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD OCASIONADA POR EL COVID-19, se facilitará una prestación por
unidad familiar (tarjeta), para la cobertura de algunas necesitades básicas.
La población a la que vá dirigida, son personas vulnerables que están en situación de emergencia social. Tendrán
prioridad las personas que no recibieron la terjeta monedero en las anteriores fases.
Requisitos de acceso a la prestación:

  1. Critero económico, basado en el IPREM: se determinará un umbral máximo de ingresos mensuales por unidad
    de convivencia.
  2. Ningún miembro de la unidad familiar esté precibiendo las Ayudas de Emergencia Social de los Servicios
    Sociales Comunitarios, destinadas a los mismos conceptos (en el mismo mes).
    Las cuantías en función de los miembros de la unidad familiar:
     1 persona: 150€
     2 o 3 personas: 200€
     Más de 3 personas: 250€
     Las personas con discapacidad (más de un 33%), o en situación de dependencia reconocida, computaran como
    dos miembros.
    La derivación por parte de los Servicios Sociales a Cruz Roja será a traves de un informe de derivación con todos los
    campos cumplimentados, firmado y sellado. Se debe incluir el logo del Ayuntamiento.
    Solicitudes hasta el 31 de mayo de 2022.
    Para cualquier duda, contactar con Cruz Roja de Puente Genil, en el teléfono: 957764015

Programa extraordinario